Fiscalidad y renta eclesiástica en Castilla: el caso del arzobispado de Sevilla (1248-1504)
Dr. Andrés Requena Parra
Universidad de Málaga
10 de julio de 2026
Directores: Ángel Galán Sánchez (Univ. Málaga) y Pablo Ortego Rico (Univ. Málaga)
Tribunal:
- Mário Farelo
- Esther Tello Hernández (IMF-CSIC, Barcelona)
- José Manuel Triano Milán (Universidad de Málaga)
Estudio de la fiscalidad y renta eclesiástica de la Corona de Castilla en sus aspectos institucionales, ideológicos y económicos, aplicado al marco territorial del arzobispado de Sevilla entre su restauración en 1248 y los primeros años del siglo XVI. El trabajo se divide en tres partes. En la primera se analizan las bases ideológicas y materiales de la fiscalidad eclesiástica, prestando especial atención, en primer lugar, a la construcción del discurso legitimador del diezmo desde sus orígenes en la limosna y la patrística hasta su consolidación, entre los siglos XI y XIII, como obligación universal derivada de la ley divina y natural, y a su recepción en Castilla a través de la legislación alfonsí. Asimismo, se estudia la definición de los rasgos esenciales del gravamen —hecho imponible, sujeto pasivo, base, tasa y titularidad de la renta— a partir de la intervención combinada del papado, la monarquía y las autoridades diocesanas, lo que permite valorar el diezmo sevillano como el resultado de un proceso práctico y negociado, no de una simple aplicación mecánica de principios generales. Finalmente, la primera parte concluye con el análisis de los recursos extradecimales del cabildo catedral —patrimonio inmobiliario, señorío eclesiástico y juros sobre el almojarifazgo—, cuyo peso relativo, aun siendo notable, resultó siempre subordinado a la centralidad estructural del diezmo.
La segunda parte se dedica al estudio en clave territorial de la organización hacendística del arzobispado y de su inserción en la sociedad política del reino. Más allá del análisis de la geografía fiscal diocesana —parroquias, vicarías y bandas— y de la evolución de los sistemas de recaudación, de la tercería al arrendamiento cada vez más tecnificado, se examinan la normativa recaudatoria y la construcción administrativa del cabildo como órgano gestor único y perpetuo del diezmo. Por otra parte, el estudio de los conflictos suscitados por la exacción decimal con concejos, contribuyentes, nobleza y órdenes militares, así como con la propia Corona en materia jurisdiccional, constituye una de las principales notas caracterizadoras del sistema fiscal eclesiástico bajomedieval. De esta forma, sin dejar de lado el análisis de las tensiones en torno al espacio contributivo, el fraude y las formas de pago, se ha valorado desde una perspectiva regional el modo en que la Iglesia hubo de negociar, pactar y en ocasiones confrontar con otros poderes para garantizar la percepción de su renta.
Finalmente, en la tercera parte se aborda desde una perspectiva económica y contable el estudio diacrónico de los ingresos y gastos del cabildo catedral a lo largo del siglo XV, así como las transferencias de renta eclesiástica hacia la Corona. Para ello se ha prestado atención preferente a la evolución cuantitativa de los ingresos decimales por regiones, a la incidencia de la coyuntura —guerra, peste, devaluación monetaria— sobre las distintas series construidas, y a la estructura del gasto capitular, dedicado mayoritariamente a la remuneración de los beneficiados y al sostenimiento de la maquinaria litúrgica y administrativa. El estudio de la receptoría del comunal, creada a mediados del siglo XV para paliar los recurrentes problemas de liquidez, permite valorar la creciente sofisticación contable de la institución. El análisis se cierra con el examen de las tercias reales, el subsidio y demás contribuciones eclesiásticas a la Corona, lo que posibilita reconstruir el proceso de creciente captación regia de la riqueza de la Iglesia y su progresiva mediatización del fisco eclesiástico entre Alfonso X y los Reyes Católicos.